Responsable departartamento técnico:
D. Bernardo Coll, nº de colegiado 6841 (COAAT-SE)
Tel. de atención: 627-791-282
Avd. de la Innovación, edif Sierra Este. Local 9, 41020 SE
email: info@nbtecnicos.es (horario: 9:00-21:00 laborables)
ITE (Inspección Técnica de Edificios) |
Huelva y Jerez de la Frontera |

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PÍDANOS SU PRESUPUESTO O CONSULTE NUESTRAS TARIFAS |
TARIFAS orientativas ITE 2019
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de 1 a 2 viviendas o locales | 140 € |
de 3 a 4 viviendas o locales | 170 € |
de 5 a 6 viviendas o locales | 180 € |
de 7 a 8 viviendas o locales
| 200 € |
de 9 a 12 viviendas o locales
| 270 € |
de 13 a 16 viviendas o locales
| 300 € |
de 17 a 25 viviendas o locales
| 350 € |
a partir de 26 viviendas o locales | solicitar presupuesto. |
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Naves industriales y resto de edificios | solicitar presupuesto. |
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Estar tarifas llevan incluidos los gastos colegiales y seguro de responsabilidad obligatorio. Estas tarifas no llevan incluido IVA, ni tasas de urbanismo. | |

>>ENLACES DE INTERES<<
El informe de ITE
Mediante la Inspección Técnica de Edificaciones, ITE, se establece a su vez la obligación para los propietarios de construcciones y edificaciones, con independencia de su uso o destino, de efectuar una inspección periódica dirigida a determinar el estado de conservación de las mismas y el cumplimiento del deber de conservación.

El informe de ITE debe realizarse conforme al modelo aprobado y hacer referencia necesariamente al estado de los siguientes aspectos de la edificación o construcción:
- Cimentación y estructura.
- Fachadas y medianeras.
- Estanqueidad e instalaciones generales.
- Otras condiciones de seguridad, salubridad y ornato que afectan a las condiciones de habitabilidad y uso efectivo.
Normativa aplicable

- Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, publicada en BOJA 31 de diciembre de 2002 y BOE 14 de enero de 2003.
- Ordenanza de Inspección Técnica de Edificaciones del municipio.
El propietario:
- Deberá encargar a un técnico competente, designado por él mismo, la expedición del informe de ITE.
- Deberá facilitar al técnico redactor del informe la visita de inspección así como las actuaciones necesarias a fin de que dicho técnico pueda determinar el estado del edificio y si son necesarias obras en el inmueble en orden a garantizar las condiciones de seguridad, salubridad y ornato público. Así como facilitar datos que pueda necesitar el técnico para cumplimentar la Ficha Técnica que forma parte del informe de ITE.
Cumplimentación y presentación del informe de ITE:

- Cumplimentar el informe de ITE siguiendo el programa informático; visarlo electrónicamente en el correspondiente Colegio Profesional, en caso de que voluntariamente se quiera visar el informe de ITE; firmarlo, tanto por el técnico redactor como por el propietario, o su representante, digitalmente mediante el certificado digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Trimbre (FNMT) o a través del DNI electrónico, y presentar a través de internet.
- O bien, se puede cumpimentar el informe de ITE siguiendo el programa informático; visarlo electrónicamente en el correspondiente Colegio Profesional, en caso de que voluntariamente se quiera visar el informe de ITE; imprimir el informe de ITE visado que debe ser firmado por el propietario, o su representante, de forma manual y posteriormente presentarlo en el Registro General de la Gerencia de Urbanismo.

- Igualmente, se puede cumplimentar el informe de ITE siguiendo el programa informático, imprimir el informe de ITE, firmarlo por el técnico redactor, visarlo de forma manual en el Colegio Profesional, en caso de que voluntariamente se quiera visar el informe de ITE y firmarlo por el propietario o su representante, y posteriormente presentarlo en el Registro General de la Gerencia de Urbanismo.
- En caso de no utilización del programa de ITE, se puede retirar el modelo de informe de ITE en la Oficina de Antención al Ciudadano de la Gerencia de Urbanismo, y cumplimentar, firmar por el técnico redactor, visarlo en el Colegio Profesional en caso de que voluntariamente se quiera visar el informe de ITE, firmar por el propietario, o en su caso representante, y presentar físicamente en el Registro General de la Gerencia de Urbanismo.